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Calcula en un minuto cuándo puedes pedir la nacionalidad española o si tu expediente ya lleva demasiado tiempo sin respuesta. Cada resultado te dice en qué norma se basa.
Calculadora de nacionalidad española
Te dice cuántos años de residencia legal necesitas y desde qué fecha puedes presentar la solicitud de nacionalidad por residencia, según el artículo 22 del Código Civil.
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Rellena los datos y pulsa «Calcular».
| Caso | Años de residencia legal |
|---|---|
| Regla general | 10 años |
| Refugiados | 5 años |
| Nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, y sefardíes | 2 años |
| Nacidos en España; casados desde hace un año con español o española; viudos de español; nacidos fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela españoles de origen; tutela o acogimiento español dos años; quien no ejerció a tiempo la opción | 1 año |
Fuente: Código Civil, artículo 22 · Ministerio de Justicia. Resultado orientativo: además del tiempo hacen falta buena conducta cívica y la integración (exámenes CCSE y, salvo hispanohablantes, DELE A2). Si parte de tu tiempo fue con otra situación, como una estancia por estudios, consúltanos si cuenta.
¿Llevo demasiado tiempo esperando?
La Administración tiene un plazo máximo para resolver. Si no contesta a tiempo, la solicitud se entiende denegada (silencio negativo) y puedes recurrir. Calcula si tu plazo ya ha vencido.
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Elige el trámite, indica la fecha y pulsa «Comprobar».
| Trámite | Plazo para resolver | Si no contestan |
|---|---|---|
| Nacionalidad española por residencia | 1 año desde la entrada en el órgano que tramita | Se entiende denegada: recurso de reposición o contencioso-administrativo |
| Arraigo y otras autorizaciones iniciales de residencia | 3 meses | Se entiende denegada: recurso de reposición o contencioso-administrativo |
| Regularización extraordinaria 2026 | 3 meses desde la entrada en el registro | Se entiende denegada: recurso de alzada |
Fuentes: RD 1004/2015, art. 11.3 · Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024) · RD 316/2026 · Ley 39/2015, arts. 122 y 124. Resultado orientativo: el plazo se suspende si te han pedido documentos (requerimiento) y vuelve a contar cuando los aportas. Cada resolución indica el recurso que procede.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos años necesito para pedir la nacionalidad española?
Diez años de residencia legal como regla general; cinco si eres refugiado; dos si eres nacional de origen de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, o sefardí; y uno en casos como haber nacido en España o llevar un año casado con una persona española.
¿Cuánto tiempo tiene el Ministerio para resolver la nacionalidad?
Un año desde que la solicitud entra en el órgano que la tramita. Si no resuelve en ese plazo, la solicitud se entiende desestimada y se puede recurrir.
¿Qué hago si no me contestan?
Puedes presentar el recurso que corresponda. Cuando la denegación es por silencio, la ley permite recurrir en cualquier momento desde que vence el plazo, sin el límite de un mes que se aplica a las resoluciones expresas.
¿Estas herramientas sustituyen a un abogado?
No. Dan una orientación basada en la norma. Cada caso tiene matices (ausencias, requerimientos, tipo de autorización), así que te recomendamos revisar el tuyo con nosotros.
